Plan Especial de la zona El Rincón
Su ordenación se recoge en un Plan Especial, el cual fue aprobado en diciembre de 1997, previendo su gestión a cargo de un Consorcio.
La Ley 5/1992, de 15 de julio, para la ordenación de la zona de El Rincón, La Orotava, dispone en su artículo 2, que la ordenación de El Rincón se realizará a través de un Plan Especial, estableciendo en su artículo 4 que la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente será la encargada de elaborar dicho Plan Especial, el cual fue aprobado por Decreto del Gobierno de Canarias 343/1997, de 19 de diciembre.
En el Plan Especial se prevé la creación de un órgano gestor en forma de Consorcio.
El Consorcio El Rincón es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia integrada por las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Cabildo Insular de Tenerife, y el Ayuntamiento de La Orotava, y por las entidades privadas de la Agrupación de Propietarios El Rincón, Asociación de Vecinos Unión Vistas del Teide de El Rincón y Coordinadora El Rincón – Ecologistas en Acción, si bien formalmente está adscrito a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Su ordenación se recoge en un Plan Especial, el cual fue aprobado en diciembre de 1997, previendo su gestión a cargo de un Consorcio.
Son fines y objetivos del Consorcio gestionar y ejecutar cuantos instrumentos de planeamiento y gestión previstos en la normativa territorial y urbanística, y cualquier otro instrumento relacionado con los terrenos que, dentro del término municipal de La Orotava, se encuentren ubicados en el lugar o paraje denominado “El Rincón”;
Cualesquiera otros que guarden relación directa con lo relacionado anteriormente y que resulten necesarios para la efectividad de los mismos, incluyendo la recaudación de tasas, tributos o contraprestaciones, cuando dicha recaudación esté atribuida a alguna de las Entidades Públicas consorciadas.
Son fines y objetivos del Consorcio gestionar y ejecutar cuantos instrumentos de planeamiento y gestión previstos en la normativa territorial y urbanística, y cualquier otro instrumento relacionado con los terrenos que, dentro del término municipal de La Orotava, se encuentren ubicados en el lugar o paraje denominado “El Rincón”;
Obras de infraestructura urbanística en el mismo ámbito de actuación.
Servicios complementarios dentro del ámbito delimitado que sean necesarios.
La expropiación de terrenos destinados a infraestructuras públicas.
Y Defender el medio natural, así como rutas naturales y zonas especialmente protegidas, gestionando las competencias que se deleguen o deberes propios de los miembros consorciados.
La mejora del medio rural, abordando la ejecución del Proyecto operativo de desarrollo agrícola, gestionando ayudas, subvenciones e incentivos para su mantenimiento y conservación.
A través de la formación la utilización del medio rural y del espacio protegido desde el punto de vista turístico, de equipamiento, e impacto medioambiental.
infraestructuras públicas.
En la zona el ecoturismo rural como forma de desarrollo sostenible.
El asociacionismo agrario en el marco de la normativa comunitario.
Cualesquiera otros que guarden relación directa con lo relacionado anteriormente y que resulten necesarios para la efectividad de los mismos, incluyendo la recaudación de tasas, tributos o contraprestaciones, cuando dicha recaudación esté atribuida a alguna de las Entidades Públicas consorciadas.
La Ley 4/2017, de 13 de julio del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, destaca la necesidad de protección y conservación del suelo agrario y de la puesta en valor de las actividades agrarias, señalándose el carácter estratégico que tiene la actividad agraria para el desarrollo económico de las islas, si bien éste debe ir de la mano de los principios de sostenibilidad del territorio, entendiéndose que ambos conceptos, desarrollo económico y sostenibilidad del territorio, no son antagónicos.
En los Planos 1 y 2, se puede apreciar que prácticamente todo
el ámbito del Rincón es suelo rústico potencialmente productivo.
En los Planos 3 A,B y C se delimita el Dominio Público Marítimo Terrestres, la Servidumbre de Protección y las redes de movilidad.